CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE SEPTIEMBRE 2011


CONCEPTO 1980

 

REGLAMENTADA LA LEY SOBRE INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE

Tema: Ley 1380 de 2010 – Insolvencia de personas naturales no comerciantes

El Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 3274 de 2011 por el cual se reglamenta la Ley 1380 de 2010... Ver Mas


CONCEPTO 1979

EN MATERIA MERCANTIL NO SE HA REGULADO EL TEMA DE LA ELABORACIÓN DE ACTAS DE LA JUNTA DIRECTIVA

Tema: Actas
Concepto: 220-084578 de julio 31 de 2011
Entidad: Superintendencia de Sociedades
 
De conformidad con la Superintendencia no existe en el ordenamiento mercantil norma especial que desarrolle el tema, de manera especial o diferente al artículo 131 del Decreto 2649 de 1993; como sí existe en la legislación normas para la elaboración de las actas correspondientes a reuniones de la asamblea o junta de socios. Reiteradamente la entidad ha sugerido que de ser necesario sea elaborado un reglamento de funcionamiento de la Junta Directiva, que incluya la elaboración y aprobación del acta, con el objeto de lograr fines de buen gobierno corporativo, pero sin que la ausencia del mismo genere incumplimiento de norma positiva sino vulneración a estipulaciones estatutarias o internas de la compañía. El legislador en materia mercantil no se ocupó de regular el tema de la elaboración de actas de la junta directiva. Pese a ello, del análisis de la normativa que reglamenta la elaboración de las actas correspondientes a las reuniones de la asamblea o junta de socios y asigna valor probatorio a las mismas -artículos 189 y 431 del Código de Comercio-, el Despacho consideró que no le son aplicables por analogía, en razón al carácter procedimental de las mismas... Ver Mas

CONCEPTO 1978 

IMPARTIERON INSTRUCCIONES A LAS CAMARAS DE COMERCIO SOBRE LA APLICACIÓN DE ALGUNOS ARTICULOS DE LA LEY 1429 DE 2010

Tema: Aplicación artículo 31 de la Ley 1429 de 2010 

La Superintendencia de Industria y Comercio expidió la Circular 019 de 2011 en la cual impartió instrucciones a las Cámaras de Comercio sobre el procedimiento que deben seguir frente a la renovación de la matrícula, la certificación de sociedades en liquidación, la devolución de dineros y la certificación de las pequeñas empresas matriculadas entre el 29 de diciembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011... Ver Mas


CONCEPTO 1977

 

AMPARO DE POBREZA DENTRO DE LOS PROCESOS DE INSOLVENCIA

Tema:  Insolvencia empresarial y el amparo de pobreza
Concepto: 077264 de junio 27 de 2011
Entidad: Superintendencia de Sociedades 

Si bien la reorganización y liquidación judicial son procesos concursales, y por ende, le son aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil, en lo pertinente, no es menos cierto que la figura del amparo de pobreza no tiene aplicación en dicho procesos concursales, por cuanto, de una parte, los mismos no tienen por objeto la declaración de un derecho o la ejecución de una obligación, sino el de preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos; así como la realización de los bienes del deudor, para atender en forma ordenada el pago de las obligaciones a su cargo y de otra, que en tales procesos concursales no hay demandante ni demandado, sino las partes están integradas por la sociedad deudora y sus acreedores, cuyos procesos persiguen, en su orden, los objetivos antes descritos... Ver Mas


CONCEPTO 1976

PARA OBTENER EL RUT A TRAVES DE APODERADO ESTE DEBE SER ABOGADO

Tema: Calidades para actuar ante la DIAN y obtener el RUT
Concepto: 066216 de agosto 26 de 2011
Entidad: Dirección de impuestos y aduanas nacionales - DIAN

La inscripción en el RUT puede formalizarse personalmente por el interesado o por quien ejerza la representación legal, acreditando la calidad correspondiente", o "A través de apoderado debidamente acreditado.". Con dicha modificación se retiró del ordenamiento jurídico la opción que contemplaba el literal c) del artículo 90 mencionado, consistente en la inscripción a través de un tercero y que respondía a la regla general consagrada en el artículo 35 del Decreto Ley 196 de 1971... Ver mas


CONCEPTO 1975

LOS PODERES DE REPRESENTACIÓN FIRMADOS EN ORIGINAL, REQUIEREN SER AUTENTICADOS O TENER HUELLA DIGITAL?

Tema: Autenticación de poderes
Concepto: 220-066142 de mayo 23 de 2011
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Se precisó que la ley 222 de 1995, afirma que para que el poder sea válido basta que se otorgue por escrito, en el que se indique el nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo, si es del caso, la fecha o época de la reunión o reuniones para las que se confiere y los demás requisitos señalados en los estatutos. En consecuencia, si los estatutos no señalan requerimientos adicionales, bastaría que el escrito reúna las exigencias previstas en el referido artículo, sin que se requiera huella ni autenticación... Ver mas


 

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