CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 31 DE JULIO 2015


CONCEPTO 2575

LA DECISIÓN DE RETIRARSE COMO SOCIO DEBE REALIZARSE CON BASE EN LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD

Tema: Retiro de accionistas en SAS
Concepto: 220 - 074792 de junio 04 de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Las relaciones de los accionistas con la sociedad y las que surjan entre estos mismos, se rigen en primer término por la Ley 1258 de 2008, por lo previsto en los estatutos y por las normas legales que rigen a la sociedad anónima, de tal manera que si su intención es renunciar al cargo como representante legal y retirarse de la empresa como socia, será preciso de una parte que el órgano social a quien corresponda, designe a la persona que habrá de reemplazarla y proceder a la consiguiente inscripción en el registro y de otra, negociar las acciones de que sea titular en los términos previstos en el contrato social y en su defecto, por remisión del artículo 45 de la citada ley, a las reglas de las sociedades anónimas mercantil.

Ver más »


CONCEPTO 2574

LA INSCRIPCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE LOS REVISORES FISCALES SE HARÁ EN UN LAPSO DE 30 DÍAS CON POSTERIORIDAD A LA DESVINCULACIÓN DE SU PREDECESOR

Tema: Registro del nombramiento de revisores fiscales
Concepto: 000112 de julio 7 de 2015
Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría Pública

El periodo del revisor fiscal llega hasta la fecha de terminación de su contrato de trabajo o de prestación de servicios, existiendo un plazo de 30 días para que el máximo órgano social realice la elección de un nuevo revisor y proceda a la inscripción de su nombramiento ante los organismos sociales.

Ver más »


CONCEPTO 2573

¿QUÉ SE ENTIENDE POR LA ENAJENACIÓN GLOBAL DE ACTIVOS?

Tema: Enajenación de activos en las SAS
Concepto: 220-077627 de junio 17 de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Se entenderá que existe enajenación global de activos cuando la sociedad por acciones simplificada se proponga enajenar activos y pasivos que representen el 50% o más del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de enajenación. Para que la misma se ejecute se requerirá aprobación de la asamblea, impartida con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión. Esta operación dará lugar al derecho de retiro a favor de los accionistas ausentes y disidentes en caso de desmejora patrimonial.

Ver más »


CONCEPTO 2572

DISTRIBUCIÓN DEL REMANENTE ENTRE LOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD LIQUIDADA

Tema: Distribución del remante en sociedades liquidadas
Concepto: 220 - 077123 de junio 16 de 2015
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La distribución del remanente de activos entre los asociados de una sociedad comercial, se hará una vez que la persona encargada de la liquidación haya pagado en su totalidad del pasivo externo de aquella. De este hecho debe quedar constancia en acta, la cual deberá contener la información allí indicada, entre otros datos, la suma de dinero o los bienes que recibirá cada uno de los asociados artículo de liquidación, dicha acta debe protocolizarse en una notaría del domicilio social, y de otra, que cuando se hagan adjudicación de bienes sujetos a formalidades especiales, tales como el otorgamiento de escritura pública e inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos deberán cumplirse éstas por los liquidadores

Ver más »


CONCEPTO 2571

LA PETICIÓN DE DATOS DEBE ESTAR SUJETA AL CONTROL DE GARANTÍAS DEL HÁBEAS DATA

Tema: Datos que son de carácter público
Concepto: 000742 de junio 3 de 2015
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

El hecho que el legislador estatutario haya determinado que el dato personal puede ser requerido por toda entidad pública, bajo el condicionamiento que la petición se sustente en la conexidad con alguna de sus funciones; este trámite de datos debe subordinarse a que la entidad administrativa receptora cumpla con las obligaciones de protección y garantías del hábeas data.

Ver más »


CONCEPTO 2570

LAS CORREDORAS DE SEGUROS SOLO PUEDE SER CONSTITUIDAS MEDIANTE LA SOCIEDAD ANÓNIMA

Tema: Requisitos creación corredoras de seguros
Concepto: 33118 de mayo 25 de 2015
Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia

No es jurídicamente viable la constitución de una corredora de seguros bajo un tipo societario distinto a sociedad anónima, teniendo en cuenta que, además, su objeto social debe recaer, de manera exclusiva, en la promoción y ofrecimiento de contratos de seguro y demás actividades legalmente autorizadas, dentro de las cuales se encuentran la de promoción y participación de los intermediarios de seguros en cada uno de los regímenes de los sistemas generales que integran el Sistema de Seguridad Social Integral regulado por Ley 100 y sus normas reglamentarias.

Ver más »

 « Volver