CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA MAYO 30 DE 2011


 CONCEPTO 1926

CUOTAS DE AFILIACIÓN PAGADAS A LOS GREMIOS PODRÁN SER DEDUCIDAS DEL IMPUESTO DE RENTA

Tema: Cuotas de afiliación que pagan los gremios
Concepto: 021716 de marzo 25 de 2011
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

Si bien el artículo 57 de la Ley 1430 de 2010 no se refiere a impuestos, contribuciones ni a regalías a los que alude el artículo 116 del Estatuto Tributario en su inciso primero sino a cuotas de afiliación pagadas a los gremios, debe entenderse que las cuotas de afiliación pagadas a los gremios podrán ser deducidas en la determinación del impuesto sobre la renta... Ver Mas


CONCEPTO 1927

SI BIEN EL CONCORDATO Y EL PROCESO DE REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL PERSIGUEN UN MISMO FIN DIFIEREN EN SU PROCEDIMIENTO Y REGULACIÓN

Tema: Concordato y reorganización empresarial
Concepto: 7025 de marzo 6 de 2011
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El concordato y el proceso de reorganización empresarial, si bien persiguen un mismo objetivo, cual es la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, así como la protección adecuada del crédito, y tienen muchos aspectos semejantes, no es menos cierto que difieren en su procedimiento y regulación.... Ver Mas


CONCEPTO 1928

QUIÉN NO ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS?

Tema: Obligados a presentar declaración de renta
Concepto:033002 de mayo 10 de 2011
Entidad: Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

El artículo 292-1 del Estatuto Tributario, crea el impuesto al patrimonio por el año 2011 a cargo de las personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta. A su turno el artículo 592 del Estatuto Tributario señala que no están obligadas a presentar declaración de renta y complementarios las personas naturales o jurídicas, extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 y 414-1, inclusive, y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada. A contrario sensu, las personas natural o jurídica, sin residencia o domicilio en el país, están obligadas a declarar cuando sus ingresos no están sometidos a la retención en la fuente o cuando dicha retención en la fuente no les ha sido practicada... Ver Mas


CONCEPTO 1929

PAGO DE OBLIGACIONES DE UNA EMPRESA UNIPERSONAL EN LIQUIDACIÓN PRIVADA

Tema: Empresa Unipersonal en liquidación
Concepto: 220-040830 de marzo 15 de 2011
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El liquidador en cualquier caso debe cumplir con el requisito de elaborar la cuenta final de liquidación, para ser presentada a consideración de los socios en la reunión que para el efecto se convoque, siempre que el inventario haya sido aprobado previamente, en los términos del artículo 236 del Código de Comercio; a ese efecto ha de estarse rigurosamente a lo dispuesto en el artículo 248 del Código citado, teniendo en cuenta que son diferentes el acta final de liquidación y la cuenta final de liquidación, pues la primera, es un documento en el cual quedan formalmente consignados todos los detalles acerca de la manera como se procederá a distribuir el remanente de los activos sociales entre los asociados cuando hubiere lugar, mientras que la segunda, es la relación completa y documentada de todas las actuaciones adelantadas durante el proceso que se presenta por el liquidador, por lo que una y otra requieren aprobación.... Ver Mas


CONCEPTO 1930

DEBE MEDIAR LA AUTORIZACIÓN DEL USUARIO PARA PROCEDER A REPORTARLO EN LAS CENTRALES DE RIESGO FINANCIERO

Tema: La información en las centrales de riesgo
Sentencia T-017 de 17 de enero de 2011
Magistrado Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza

La autorización que el interesado otorgue para disponer de su información, constituye el fundamento y el punto de equilibrio que le permite, a las entidades solicitar o reportar el incumplimiento de las obligaciones por parte de algún usuario del sistema financiero a las centrales de riesgo. En esta medida, cuando el titular encuentre que no ha dado su autorización para el reporte estaría facultado, debido al incumplimiento de este requisito, para reclamar la exclusión del dato. Ver Mas


CONCEPTO 1931

MIEMBROS DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO NO ESTÁN INHABILITADOS PARA POSTULARSE COMO CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR

Tema: Inhabilidades de los miembros de las Cámaras de Comercio
Concepto: 0261 de marzo 3 de 2011
Entidad: Departamento Administrativo de la función pública 

Teniendo en cuenta que los miembros de una caja de compensación familiar y de la junta directiva de una Cámara de Comercio no ostentan la calidad de empleado público y si no han intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, no estarían inhabilitados para postularse como candidatos a cargos de elección popular...Ver Mas


CONCEPTO 1932

LA MORA JUDICIAL, SOLICITUD DE INFORMACION POR LA DIAN, CONTRATO DE LEASING, CONRATO DE ARRENDAMIENTO Y TITULOS VALORES 

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA
Bogotá,  D.C. diez (10) de febrero de dos mil once (2011)
Consejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDO
Radicación número: 25000-23-27-000-2002-01121-01(16752)

Al respecto, la mora judicial que afecta los derechos fundamentales de las partes en un proceso, se presenta cuando el juez asume conductas dilatorias, es decir, cuando desconoce los términos de ley sin motivo razonable. De lo anterior resulta que no toda demora en la resolución de un asunto implica mora judicial que genere la afectación de las garantías fundamentales de quienes demandan justicia. Así en el caso, no se configuró la mora judicial, pues estaba justificada la demora en la excesiva carga de trabajo. De igual manera es necesario que el accionante se encuentre en situación precaria... Ver Mas


CONCEPTO 1933

LA TARIFA DEL 6% DE RETENCIÓN EN LA FUENTE A QUÉ CONTRATOS ES APLICABLE

Tema: Pago de retención en la fuente
Concepto: 030385 de abril 29 de 2011
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. del Decreto 1141 de 2010, la tarifa de retención a título de impuesto sobre la renta en los pagos o abonos en cuenta sobre contratos de consultoría en ingeniería de infraestructura y edificaciones realizados por personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, es del 6%, sobre el valor total del pago o abono en cuenta. Tratándose de pagos o abonos en cuenta a favor de personas naturales o consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales, la retención también es del 6% para los contratos de consultoría referidos, en los eventos expresamente contemplados en los literales a) y b) del referido decreto. Por el contrario, si el beneficiario de los pagos o abonos en cuenta, es persona natural no obligada a presentar declaración del impuesto sobre la renta, la tarifa de retención es del 10% del valor total del pago o abono en cuenta...Ver Mas


CONCEPTO 1934

EL USO EXCLUSIVO DE LOS NOMBRES COMERCIALES TIENE ALCANCE EN TODO EL TERRITORIO DEL PAÍS DONDE SE ADQUIERE

Tema: Uso exclusivo de nombres comerciales
Proceso 120 IP 2010
Entidad: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

La protección y efectos de los derechos de propiedad industrial se circunscriben al territorio del País Miembro en que tales derechos son reconocidos, de modo que el derecho al uso exclusivo de los nombres comerciales, adquirido por el primer uso que de ellos se haga en el comercio, tiene alcance en todo el territorio del País Miembro donde se adquiere y no solamente en parte de éste... Ver Mas


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