CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE ENERO 2015


CONCEPTO 2490

El TERMINO PARA INTERPONER ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO ES DE CUATROS MESES

Tema: El término de cuatro meses se cuentan a partir del día siguiente al de la comunicación, notificación, ejecución o publicación del acto administrativo, según el caso

Expediente No. 11001 0324 000 2014 00398 00 Consejo de Estado- Sala de lo Contencioso Administrativo- Sección primera
Como la demanda objeto de la sentencia se presentó más de 3 años después de haberse registrado en Cámara de Comercio el acto impugnado, advirtió el despacho que el medio de control procedente ya caducó al tenor de lo dispuesto en el literal d) del numeral segundo del artículo 164 del CPACA.

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CONCEPTO 2489

DECLARADO NULO EL ARTICULO 7 DEL DECRETO 4588 DE 2006 SOBRE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LAS COOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO

Tema: No debe existir un acto administrativo de reconocimiento de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
Sentencia del Consejo de Estado No. 11001-03-24-000-2008-00227-00 de mayo 8 de 2014
Consejera Ponente: Maria Claudia Rojas Lasso

Consideró el Consejo de Estado que al tener la naturaleza de un decreto reglamentario, el 4588 de 2006, excedió el marco legal que le sirvió de fundamento, al atribuir la competencia de reconocer la personalidad jurídica de las pre cooperativas y cooperativas de trabajo asociado a la Superintendencia de la Economía Solidaria, en los términos del artículo 15 de la Ley 79 de 1988, como quiera que la personalidad jurídica de estas personas jurídicas se adquiere con el registro, sin necesidad de un acto administrativo o resolución que así lo reconozca.

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CONCEPTO 2488

LA PROTECCIÓN SORE LOS DERECHOS DE AUTOR

Tema: Los derechos que se desprenden de la creación de una obra
Concepto: 56612 de octubre 2 de 2014
Entidad: Dirección Nacional de Derecho de autor

Cuando un tercero pretenda utilizar una obra protegida por el Derecho de Autor, necesita de la autorización del titular de los derechos patrimoniales de manera previa (anterior al uso) y expresa (no tácita) para tal efecto y puede ser concedida a título gratuito u oneroso. 

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CONCEPTO 2487

POSESION DE BIENES, HABERES Y NEGOCIOS DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS DEDICADA A LA ENAJENACION DE INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA

Tema: La toma de posesión para administrar o liquidar está en cabeza de las entidades territoriales.
Concepto: 220-226476 del 12 de diciembre de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Si una sociedad se encuentra en alguna de las causales descritas como supuestos de toma de posesión de sus bienes, haberes y negocios, le corresponde conocer a la entidad distrital por ejercer vigilancia y control sobre la actividad. No es facultad de la Supersociedades ejercer este control.

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CONCEPTO 2486

 EL AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL SE HARÁ CON BASE EN LA REFORMA ESTATUTARIA QUE SE HAGA

Tema: Reformas Estatutarias y aumentos de capital
Entidad: 220-232033 del 24 de diciembre de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El capital social será fijado de manera precisa, pero podrá aumentarse o disminuirse en virtud de la reforma estatutaria; ello equivale a decir, que dicha medida deberá someterse a consideración del máximo órgano social en los términos y condiciones previstos en los estatutos, o en su defecto en la ley en cuanto a convocación y quórum; es de anotar que el artículo 29 de la Ley en mención, en lo que a estas sociedades se refiere, únicamente se limita a indicar que la determinación respectiva ha de constar en documento privado inscrito en el registro mercantil.

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CONCEPTO 2485

LAS ACCIONES SIMPLIFICADAS EMITIDAS POR UNA SOCIEDAD NO SE PUEDEN OFRECER POR MEDIOS MASIVOS DE DIFUSIÓN

Tema: Prohibiciones a la oferta de acciones de una Sociedad
Concepto: 220-209704 del 09 de diciembre de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

De conformidad con lo establecido por el artículo 4o de la Ley 1258 de 2008, las acciones y los demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa, se considera que no es posible anunciar la oferta de acciones de una sociedad por acciones simplificada por un medio masivo de difusión.

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