CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 31 DE AGOSTO 2014

CONCEPTO 2438

 LA ESTRUCTURA Y FUNCIONALIDAD DE UNA SOCIEDAD DE HECHO DEBE SER ESTIPULADA PREVIAMENTE EN LOS ESTATUTOS DE LA MISMA

 

Tema: Junta Directiva en sociedad de hecho
Fecha: Oficio 220-110718 del 16 de julio de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Los estatutos de una sociedad de hecho se debe establecer claramente la forma de administración de la empresa, indicando las facultades del representante legal, y de cada órgano que exista, es decir, de la junta de socios o asamblea de accionistas, junta directiva y revisor fiscal, todo ello sin perjuicio de la solidaridad respecto de las operaciones que se realicen en interés de los asociados.

 

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CONCEPTO 2437

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS SITUACIONES DE CONTROL

Tema: Registro de situaciones de control
Concepto: 220-097461 del 22 de junio de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

En el evento que exista una sociedad colombiana en calidad de matriz y sociedades domiciliadas en el extranjero como subordinadas, este hecho debe registrarse en la cámara de comercio del domicilio de la sociedad matriz. Sin embargo vale la pena precisar que en esta hipótesis, las entidades matrices nacionales están obligadas a cumplir con todas las normas mercantiles, y contables por virtud del estatuto personal, que somete a todas las personas residentes en el territorio, a las disposiciones de la ley nacional. De esta manera deberá cumplir con las obligaciones correspondientes a su condición de matriz o controlante, efectuar la inscripción en el registro mercantil y preparar y difundir los estados financieros consolidados realizando la conversión de los respectivos estados financieros de las subordinadas del exterior, entre otras.

 

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CONCEPTO 2436

RESPONSABILIDAD DEL LIQUIDADOR EN UN PROCESO CONCURSAL CUANDO NO HAY LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONISTAS

 

Tema: Proceso concursal de la Ley 1116 de 2006
Concepto: 220-100203 del 25 de junio de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Frente a posibilidad de no tener el libro de registro de accionistas donde figuren los aportes efectuados por cada accionista y los pendientes de pago, será el liquidador quien deberá iniciar las acciones correspondientes con el fin de establecer el valor de los instalamentos de las cuotas o acciones no pagadas y el correspondiente a la responsabilidad adicional pactada en los estatutos, esto es iniciar los proceso de rendición provocada de cuentas tanto a los ex administradores, revisores fiscales; teniendo en cuenta los elementos de juicio aportados en el acta de aprehensión y entrega de los libros y documentos de la sociedad concursada que reposan el expediente respectivo.

 

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CONCEPTO 2435

SÓLO CON LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE ACTA DE LIQUIDACIÓN UNA SOCIEDAD SE EXTINGUE DEL MUNDO JURÍDICO

 

Tema: Registro mercantil de acta de liquidación
Concepto: 220-111154 del 17 de julio de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Sólo con la inscripción en el registro mercantil del acta contentiva de la cuenta final de liquidación (no antes) la sociedad se extingue del mundo jurídico y por ende, todos sus órganos de administración y de fiscalización; esto es que a partir de ahí desaparece del tráfico mercantil como tal y en consecuencia, no puede ejercer derechos ni asumir obligaciones, máxime que su matrícula ha de cancelarse. En este orden de ideas, es cuando se surta la inscripción en el registro mercantil de los documentos correspondientes a la cuenta final de liquidación, que la sociedad para todos los efectos desaparece como sujeto de derecho y con ella, los órganos a través de los cuales actúa, lo que a su turno implica que el liquidador ostentará hasta entonces el carácter de representante legal y en tal virtud estará llamado a responder y actuar en nombre de la misma.

 

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CONCEPTO 2434

ACREEDORES INTERNOS EN LA OBTENCIÓN DE MAYORÍAS PARA LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN

 

Tema: Acuerdos de reorganización empresarial
Concepto: 220-089122 deL 17 de junio de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Cuando los acreedores internos o cuando uno o varios acreedores, pertenecientes a una misma organización o grupo empresarial emitan votos en un mismo sentido que equivalgan a la mayoría absoluta o más votos admisibles, la aprobación requerirá, además, del voto emitido en el mismo sentido por un número plural de acreedores de cualquier clase o clases que sea igual o superior al veinticinco por ciento (25%) de los votos restantes admitidos.

 

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CONCEPTO 2433

CAPACIDAD RESIDUAL DE UN PROPONENTE EN LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

 

Tema: Capacidad Residual
Concepto: 12 de mayo de 2014
Entidad: Colombia Compra Eficiente

La capacidad residual del proceso de contratación se calcula teniendo en cuenta la cuantía y el plazo del contrato. El proponente debe acreditar su Capacidad Residual para cada proceso de Contratación de obra pública en el cual participa. El factor Experiencia tiene el mayor peso en la fórmula de cálculo, en una proporción que llega a ser de 3 veces el peso de los factores de Capacidad Financiera y Capacidad Técnica. El procedimiento de cálculo favorece la competencia y permite la participación de pequeñas, medianas y grandes empresas en condiciones similares según el Proceso de Contratación.

 

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