CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 15 DE ABRIL 2014

CONCEPTO 2382

SANCIONES PARA LAS EMPRESAS QUE NO APRUEBEN LA IMPLEMENTACION DE LAS NIIF

Tema: Normas Internacionales de Información Financiera
Concepto: 115-015014 del 03 de febrero de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La sociedad que no atienda las disposiciones legales se vería abocada al incumplimiento de la normatividad sobre contabilidad e información financiera y por ende, su contabilidad no se llevaría conforme a las normas legales y la técnica contable, con todas las consecuencias que de ello se deriva, y ella misma y sus administradores podrían ser objeto de sanciones hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales de acuerdo con el numeral 3° del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.

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CONCEPTO 2381

RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA LAS PERSONAS NATURALES PERTENECIENTES A LA CATEGORÍA TRIBUTARIA DE EMPLEADOS

Tema: Retención en la Fuente
Concepto: 19738 del 25 de marzo de 2014
Entidad: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

Se concluye que para efectos de aplicar la retención en la fuente mínima a partir del año gravable 2014 a las personas naturales pertenecientes a la categoría tributaria de empleados, el tope de ingresos del año gravable inmediatamente anterior que se debe tener en cuenta es el tope de ingresos para no estar obligado a declarar del mil cuatrocientas (1.400) UVT y consecuente con lo anterior, los empleados deben informar a sus pagadores o agentes de retención si sus ingresos totales en el año gravable inmediatamente anterior superaron mil cuatrocientas (1.400) UVT

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CONCEPTO 2380

ALGUNOS MECANISMOS VIABLES FRENTE AL NO PAGO DEL CAPITAL SUSCRITO EN UNA SAS

Tema: Sociedades por Acciones Simplificadas
Concepto: 220-031215 del 25 de febrero de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Cuando un accionista esté en mora de pagar las cuotas de las acciones que haya suscrito, no podrá ejercer los derechos inherentes a ellas. Para este efecto, la sociedad anotará los pagos efectuados y los saldos pendientes. Si la sociedad tuviere obligaciones vencidas a cargo de los accionistas por concepto de cuotas de las acciones suscritas, acudirá a elección de la junta directiva, al cobro judicial, o a vender de cuenta y riesgo del moroso y por conducto de un comisionista, las acciones que hubiere suscrito, o a imputar las sumas recibidas a la liberación del número de acciones que correspondan a las cuotas pagadas, previa deducción de un veinte por ciento a título de indemnización de perjuicios, que se presumirán causados.

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CONCEPTO 2379

DERECHO DE PREFERENCIA

Tema: Negociación de las acciones y el ejercicio del Derecho de Preferencia
Concepto: 220031228 de febrero 25 de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

"...el derecho de preferencia en la negociación de acciones se radica en cabeza de los asociados una vez realizada una oferta, al formularse la propuesta de un contrato que contiene todos los elementos del negocio que se pretende realizar. Si alguno de éstos varía, ya no es la misma oferta, y hacer una diferente implica activar nuevamente en cabeza de los consocios la facultad de aceptarla o desestimarla, y con lo cual desplazarían cualquier intento de un tercero de hacer parte de la compañía, quien tendría que esperar el desinterés de los primeros llamados prioritariamente a aceptarla"

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CONCEPTO 2378

CORRECCIONES EN LOS LIBROS DE ACTAS

Tema: Que sucede cuando se han dejado de anotar actas en el libro correspondiente
Concepto: 220-031780 del 27 de febrero de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

La Superintendencia de Sociedades sugiere cuando se han dejado de asentar actas en el libro correspondiente y este apenas va a ser objeto de inscripción en la Cámara de Comercio la sociedad debe: "... una vez registrado el libro de actas, se asienten las realizadas con anterioridad, dejando constancia de la irregularidad cometida. Una vez incorporada las actas anteriores, el administrador y el órgano de fiscalización, si lo hay, deberán dejar constancia en el libro del momento en que se comienzan a incorporar en debida forma las actas, escogiendo continuar con la numeración si ello es posible o iniciando una nueva; la decisión adoptada deberá quedar revelada en el respectivo libro y dada a conocer al máximo órgano social en la asamblea general más próxima.

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CONCEPTO 2377

CARÁCTER CONSTITUTIVO DEL REGISTRO MERCANTIL EN EL CASO DE LOS NOMBRAMIENTOS

Tema: El registro en la Cámara de Comercio es constitutivo de la condición de representante legal
Concepto: 220021774 del 11 de febrero de 2014
Entidad: Superintendencia de Sociedades

"... el registro es constitutivo de la calidad de representante legal o lo que es lo mismo, la designación de quien es nombrado para ocupar el cargo de representante legal de una sociedad sólo produce efectos jurídicos cuando su nombramiento haya sido inscrito en el registro mercantil."

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CONCEPTO 2376

LAS NORMAS DEL CODIGO DE COMERCIO SE APLICAN CUANDO HAY VACIOS EN LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD

Tema: Los administradores deben velar porque se cumpla el Código de Comercio cuando no se ha regulado un tema particular al interior de la sociedad.
Concepto: 220-219518 del 03 de Diciembre de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

Si algún aspecto no está señalados ni regulados al interior de la sociedad y no es posible la aplicación de la normatividad que regula las reuniones del máximo órgano social, los miembros de junta directiva, en calidad de administradores de la compañía, deberán velar porque las reuniones de la junta directiva se ajuste a la ley en cuanto a la convocatoria prevista en el artículo 437 del Código de Comercio.

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