CONCEPTOS DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA 30 DE NOVIEMBRE 2013


CONCEPTO 2325

PODER PARA ASISTIR A LAS REUNIONES DEL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL NO PUEDE SER DESCONOCIDO POR ALGUNOS ASOCIADOS

Tema: Facultades de un apoderado
Concepto: 220135756 de septiembre 23 de 2013
Entidad: Superintendencia de Sociedades

El poder otorgado a una persona para que represente a otra y asista a las reuniones del máximo órgano social de la compañía, con el cumplimiento de todas las formalidades previstas para ello, entre ellas, que se formalice ante notario, no puede ser desconocido por algunos asociados ni por dicho cuerpo colegiado, ya que carecen de competencia para ello, indicó la Superintendencia de Sociedades. En este caso, el poder es plenamente válido mientras no sea revocado por el mandante.

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CONCEPTO 2324

LA FUSIÓN NO IMPLICA ASUMIR EL OBJETO SOCIAL DE LAS SOCIEDADES DISUELTAS

Tema: La fusión
Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 19001233100020030108001 (19304), Octubre 24 de 2013
Consejera Ponente: Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez

Considera el Consejo de Estado que la "reforma estatutaria en la que una o más sociedades se disuelven sin liquidarse y traspasan todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones para ser absorbidas por otra u otras sociedades o para crear una nueva, no implica la asunción del objeto social de las sociedades disueltas. Se trata simplemente de un efecto de unión representado en una sola persona jurídica independiente. Es ello lo que se desprende del artículo 172 del C. de Co., cuando dispone..............

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CONCEPTO 2323

REGISTRO MERCANTIL NO CONFIERE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Tema: Los derechos sobre el nombre o la enseña comercial se adquieren con el uso y el cumplimiento de ciertos requisitos
Concepto: 13099559 de junio 4 de 2013
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

La inscripción de un comerciante o de su establecimiento comercial en las cámaras de comercio no le confiere derechos de propiedad industrial sobre el nombre o enseña comercial, ya que los mismos se adquieren con el uso y el cumplimiento de ciertos requisitos, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio. Así mismo, señaló la entidad, el control de homonimia que realizan las cámaras de comercio para decidir si se realiza o no la matrícula mercantil no se asimila al examen comparativo previo a un registro marcario o al que se realiza en desarrollo de acciones de competencia desleal o infracción de derechos de propiedad industrial.

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CONCEPTO 2322

 LOS DATOS DE CONTENIDO FINANCIERO, COMERCIAL Y CREDITICIO SON DE CARÁCTER SEMIPRIVADO Y TIENEN LA FINALIDAD DE CALCULAR EL RIESGO EN LOS CRÉDITOS

Tema: Carácter de los datos de contenido financiero, comercial y crediticio frente a la protección de datos personales
Concepto: 220327 de octubre 28 de 2013
Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

Se hace aclaración en el sentido de especificar que los datos de contenido financiero, comercial y crediticio son datos semiprivados que al no pertenecer a la categoría de información pública, sí requiere de algún grado de limitación para su acceso, incorporación a bases de datos y divulgación, como la aplicación de los principios de administración de datos personales, en especial el de finalidad y confidencialidad. Igualmente se debe entender que este tipo de datos tienen la finalidad de calcular el riesgo crediticio para la toma de decisiones sobre la suscripción de contratos comerciales y de créditos cumpliendo con postulados constitucionales como la estabilidad financiera, la confianza en el sistema de crédito y la protección del ahorro público.

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CONCEPTO 2321

 PRECISAN TÉRMINO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE SIMULACIÓN CONTRA SOCIEDAD COMERCIAL EN LIQUIDACIÓN

Tema: Acción de simulación
Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia 66682310300120040010301, agosto 5 de 2013
Magistrado Ponente: ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

El término de prescripción de la acción de simulación promovida en contra de una sociedad comercial en liquidación está consagrado en el artículo 2536 del Código Civil, señaló la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. En este sentido, la corporación decidió casar una sentencia que en su lugar aplicó el artículo 256 del Código de Comercio. Según la sentencia, este artículo aplica a las acciones de los asociados entre sí por razón de la sociedad, a las acciones de los liquidadores contra los asociados y a las acciones de los asociados y los terceros contra el liquidador (M. P. Ariel Salazar Ramírez).

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LOS DATOS DE CONTENIDO FINANCIERO, COMERCIAL Y CREDITICIO SON DE CARÁCTER SEMIPRIVADO Y TIENEN LA FINALIDAD DE CALCULAR EL RIESGO EN LOS CRÉDITOS

Tema: Carácter de los datos de contenido financiero, comercial y crediticio frente a la protección de datos personales

Concepto: 220327 de octubre 28 de 2013

Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio

Se hace aclaración en el sentido de especificar que los datos de contenido financiero, comercial y crediticio son datos semiprivados que al no pertenecer a la categoría de información pública, sí requiere de algún grado de limitación para su acceso, incorporación a bases de datos y divulgación, como la aplicación de los principios de administración de datos personales, en especial el de finalidad y confidencialidad. Igualmente se debe entender que este tipo de datos tienen la finalidad de calcular el riesgo crediticio para la toma de decisiones sobre la suscripción de contratos comerciales y de créditos cumpliendo con postulados constitucionales como la estabilidad financiera, la confianza en el sistema de crédito y la protección del ahorro público.